La Asociación I2CV se funda el 5 de junio de 2015 por la Universitat Politècnica de València, la Universitat de València y el Instituto de Biomecánica de Valencia.
Constituye el fin de la asociación el fomento de proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, de la educación y emprendimiento, que persigan la mejora de la calidad de vida. Se pretende generar conocimiento tecnológico y aplicaciones para el desarrollo y fortalecimiento de la capacidad competitiva del entorno socioeconómico propio de los asociados, en el ámbito de la tecnología y la innovación. Se tomará como base el fomento y práctica de la investigación científica fundamental e industrial, el desarrollo experimental y la difusión de los resultados de las mismas. Para ello se desarrollarán actividades de formación, difusión, transferencia de tecnología y emprendimiento empresarial.
La Asociación promoverá la cooperación, tanto a nivel colectivo como de socios individuales, con otros organismos con fines similares o complementarios. Para satisfacer los fines mencionados anteriormente la Asociación podrá representar a sus miembros en el acceso a cualquier tipo de ayuda pública o privada necesaria para la consecución de sus fines, dentro de los cuales estará facultada para facilitar:
- La realización de trabajos de investigación básica o aplicada, de innovación y de desarrollo tecnológico, por iniciativa propia o como consecuencia de colaboraciones con entidades públicas o privadas, así como para registrar patentes y marcas generadas como fruto de esa actividad.
- Organizar e impartir cursos, seminarios, conferencias o cualquier otra manifestación de actividad docente relacionada con la mejora de la calidad de vida, incluida la realización de actividades de formación del profesorado.
- Promover el emprendimiento para el desarrollo del tejido empresarial relacionado con el campo de la mejora de la calidad de vida.
- Recopilar, centralizar, resumir y distribuir documentación e información en el campo de actuación de la Asociación.
El desarrollo de los fines de la Asociación podrá llevarse a cabo bien directamente por ésta, bien de forma indirecta a través de personas jurídicas cuyas actividades sirvan a los fines perseguidos.