La Asociación I2CV

La Asociación I2CV se funda el 5 de junio de 2015 por la Universitat Politècnica de València, la Universitat de València y el Instituto de Biomecánica de Valencia.

Constituye el fin de la asociación el fomento de proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica, de la educación y emprendimiento, que persigan la mejora de la calidad de vida. Se pretende generar conocimiento tecnológico y aplicaciones para el desarrollo y fortalecimiento de la capacidad competitiva del entorno socioeconómico propio de los asociados, en el ámbito de la tecnología y la innovación. Se tomará como base el fomento y práctica de la investigación científica fundamental e industrial, el desarrollo experimental y la difusión de los resultados de las mismas. Para ello se desarrollarán actividades de formación, difusión, transferencia de tecnología y emprendimiento empresarial.

La Asociación promoverá la cooperación, tanto a nivel colectivo como de socios individuales, con otros organismos con fines similares o complementarios. Para satisfacer los fines mencionados anteriormente la Asociación podrá representar a sus miembros en el acceso a cualquier tipo de ayuda pública o privada necesaria para la consecución de sus fines, dentro de los cuales estará facultada para facilitar:

  1. La realización de trabajos de investigación básica o aplicada, de innovación y de desarrollo tecnológico, por iniciativa propia o como consecuencia de colaboraciones con entidades públicas o privadas, así como para registrar patentes y marcas generadas como fruto de esa actividad.
  2. Organizar e impartir cursos, seminarios, conferencias o cualquier otra manifestación de actividad docente relacionada con la mejora de la calidad de vida, incluida la realización de actividades de formación del profesorado.
  3. Promover el emprendimiento para el desarrollo del tejido empresarial relacionado con el campo de la mejora de la calidad de vida.
  4. Recopilar, centralizar, resumir y distribuir documentación e información en el campo de actuación de la Asociación.

El desarrollo de los fines de la Asociación podrá llevarse a cabo bien directamente por ésta, bien de forma indirecta a través de personas jurídicas cuyas actividades sirvan a los fines perseguidos.